Gastas más de lo que ganas – Conoce todo sobre las tarjetas de crédito SAT

Llegar a tener una deuda no viene siendo un problema ante las autoridades fiscales. Ahora el abono o liquidación de una deuda a través de un ingreso no declarado es el punto álgido. Hoy vamos a hablarte de las tarjetas de crédito SAT y aclararemos todas las dudas que puedas tener respecto a la fiscalización de tus gastos con tarjetas bancarias.

El 2020 trajo cambios muy importantes en lo que a materia fiscal se refiere, siendo uno de ellos el endurecimiento en lo que respecta a la discrepancia fiscal. Por esto, si eres de esas personas que ha gastado más. O peor aún, has prestado tu tarjeta de crédito para que puedan sacar a meses sin intereses, pon atención al presente artículo, para que puedas prevenir algunos problemas con el Servicio de Administración Tributario (SAT).

Por que el SAT fiscalizará las compras con tarjetas

Desde hace poco tiempo en las redes sociales llegaron a aparecer publicaciones señalando que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), vigilará los gastos realizados con tarjetas bancarias. Esto con la finalidad de fijar y aplicar multas y/o sanciones a los contribuyentes por erogar más de los ingresos que devengan. Pues bien, no existe ninguna nueva regla o disposición fiscal en 2021, que ordene específicamente la vigilancia de los pagos con tarjetas de débito y/o crédito. Sin embargo, si hay la discrepancia fiscal, el SAT se encuentra facultado para hacer la revisión de la información de un contribuyente. Todo con la finalidad de conocer si los gastos se corresponden con sus ingresos.

¿Por qué se fiscalizarán las tarjetas de crédito SAT?

Al fiscalizar las compras efectuadas por los contribuyentes con las tarjetas de crédito SAT, se buscará detectar la evasión fiscal. Además de que se podrán aplicar las sanciones correspondientes a todo aquel que le sea detectada una irregularidad. Esta es una medida mediante el SAT estará vigilando que las personas no lleven a cabo con una tarjeta por cifras más altas de lo que ganan.

Esta iniciativa se dio a conocer en 2019 y aunque debió entrar en vigencia en 2020. Pero, se tomó la decisión de comenzar a emplearla a partir de los primeros días de 2021. El objetivo es poder fiscalizar lo que un ciudadano llega a gastar, debido a que hay contribuyentes que no llegan a declarar impuesto como es debido. Es así como, en caso que el caso que lleguen a detectarse gastos excesivos o superiores a lo que se devenga, serán aplicadas multas o recargos.

De hecho, con la finalidad de conocer los ingresos reportados por un contribuyente, el fisco sabrá sobre sus gastos. Después de solicitar un reporte donde esté desglosado el total de lo que haya pagado. Ya sea de forma mensual o anual. Así, después de hacer el análisis de los excesos, el SAT procederá a cobrar el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Y en el caso de no pagarlo, aplicará una multa de hasta el equivalente al 70% sobre el momento total de la discrepancia.

Vale mencionar, que la reforma fiscal de 2013 determinó que, respecto a discrepancia fiscal serán consideradas las erogaciones realizadas por cualquier persona física. Y estas consisten en adquisiciones de bienes, gastos, depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o tarjetas de crédito. O sea, que las tarjetas bancarias, son una de las diversas fuentes de información que tiene el SAT para lograr obtener datos acerca de los gastos de un contribuyente.

Inclusive, el SAT puede hacer la solicitud a los bancos de toda la información que tienda a considerar necesaria para la fiscalización de las personas. Es más, el SAT no necesita de la creación de una nueva regla para checar lo que un contribuyente haya pagado con las tarjetas. Pues en la actualidad en la factura electrónica se ve especificada la forma de pago, o sea, si se pagó con tarjeta, transferencia, cheque o efectivo.

Conoce que es la discrepancia fiscal y sus sanciones

¿Qué es la discrepancia fiscal y cuáles son sus sanciones?

En lo que refiere a las tarjetas de crédito SAT, la  discrepancia fiscal viene siendo el término usado para la posición que una persona física tiende a demostrar ante el SAT.  Cuando llega a tener más erogaciones que ingresos en un período fiscal. Y para tener conocimiento de estas, el fisco usa cualquier información que esté tenga un tercero o en su poder, que sea proporcionada por otra autoridad.

La discrepancia fiscal está presente cuando el fisco comprueba a través de la fiscalización de las tarjetas de crédito SAT que las erogaciones de un contribuyente en un año calendario tienden a ser mayores que los ingresos declarados.  Esto podría ser tomado como algo muy bueno, porque denota que el poder adquisitivo ha crecido. No obstante, para Hacienda es señal de alarma, ya que quiere decir que el contribuyente ha pagado un Impuesto Sobre la Renta (ISR) menor que el debido.

Tomando en consideración lo anterior, podemos darnos cuenta que el fisco ha tenido en su poder información. Las instituciones financieras, tienen obligación de tener registrado al titular de la cuenta, tarjeta o inversión de cada cuenta bancaria en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes). Así mismo, están en la obligación de participar a las autoridades cuando haya depósitos con efectivo acumulado durante un mes por cantidades mayores a los $15.000 pesos. Así como, si llega a emitirse factura electrónica sobre comisiones e intereses cobrados, haciendo referencia del RFC de sus clientes.

El riesgo de discrepancia fiscal ha estado latente desde hace varios años. Sobre todo, para aquellos contribuyentes que utilizan la tarjeta de crédito para sus compras y gastos y posteriormente le realizan pagos o liquidan en efectivo. Es en este momento cuando el SAT, toma la existencia de dicho efectivo como un “Ingreso No Declarado”, por el que deberá pagar Impuesto Sobre la Renta. El sistema de fiscalización dirigido a las personas física ya existía. Sin embargo, es ahora que se está perfeccionando.

¿Cómo es calculada una erogación?

Para poder determinar cuáles son las erogaciones de una persona física, deben tomarse en consideración todos sus gatos (compras, inversiones, depósitos en cuentas bancarias o compras con tarjetas de crédito).

Un plus viene siendo, que si la persona se encuentra inscrita en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes), pero no llega a presentar sus declaraciones. O si las presenta, pero resulta que los ingresos son menores que los gastos, esto tiende a tomarse como la totalidad de sus ingresos.  Así mismo, para calcular la discrepancia fiscal se tiende a tomar en consideración otros ingresos como son los premios y/o donativos.

Sanción por discrepancia fiscal

Cuando Hacienda detecte a través de la fiscalización de las tarjetas de crédito SAT, que los ingresos percibidos por un contribuyente no cuadran con lo que ha pagado de ISR, usa la información que tenga para su revisión. Es decir, declaraciones, expedientes e información suministrada por terceros. Una vez elaborado el expediente respectivo, se informa a la persona cuál viene siendo el monto de las erogaciones. Siendo la información que poseen para validar esto, de dónde fue obtenida y cuánto es el monto que debe pagar realmente por ISR.

Posteriormente a esta notificación, el contribuyente tendrá 20 días para hacer la redacción de un informe, donde pueda argumentar detalladamente de donde salen los “excedentes”. Al igual que presentar pruebas que efectivamente puedan demostrar que se pagaron los impuestos debidamente. Ahora:

  • Si logra justificar todo, no llega a pasar nada.
  • Pero si no lo logra, deberá pagar el ISR excedente y además, una multa extra.

Las consecuencias de la discrepancia fiscal no solamente son monetarias. Se pueden dar casos en que las autoridades puedan llegar a acusar al contribuyente de defraudación fiscal. El cual resulta un delito muy grave que estipula entre tres meses y nueve años de prisión. Vale decir, que para caer en esta última consecuencia, solamente basta con que la persona no llegue a presentar y contrainforme de la discrepancia fiscal.

¿Cómo lograr evitar la discrepancia fiscal?

Suena lógico, pero la mejor manera de no tener problemas de discrepancia fiscal, es hacer la declaración de todos los ingresos.

Esperamos que la información suministrada sobre las tarjetas de crédito SAT, te sea de mucha utilidad y con ella puedas evitar tener problemas con el fisco.

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